· La competencia de los detectives privados viene detallada en la vigente ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, que establece como funciones exclusivas y excluyentes de los Detectives Privados la aportación de información y pruebas sobre hechos y conductas , en el ámbito personal, socio-laboral, y económico.· La información emitida por un detective privado puede aportarse, si procede, ante los distintos tribunales, donde tiene valor de prueba, con amplia jurisprudencia
en los tribunales ordinarios y superiores. El art. 265.1 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil, que versa sobre los documentos que han de acompañar a toda demanda o
contestación, incluye en su punto 5º: Los informes, elaborados por profesionales
de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que
apoyen su pretensiones.
· Conforme a dicha Ley, y el posterior desarrollo de su Reglamento,
acces detectives desarrolla su actividad, oficializada y en vigor,
mediante el otorgamiento, por la Dirección General de la Policía,
de la licencia nacional nº 2556.